Resumen:
En la actual normativa educativa ecuatoriana, a través de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, se establece como criterio explícito la educación desde la perspectiva intercultural, que implica respetar las culturas y promover la diversidad, en el marco de la equidad y justicia, dejando de lado la discriminación, racismo y exclusión, con la garantía de formar integralmente al ser humano, procurando ciudadanos con conciencia en la diversidad, que propendan trabajar mancomunadamente, dentro de un contexto pluralista, igualitario y equitativo. Desde la concepción original, la interculturalidad significa entre culturas, aunque no con la simpleza como la que expresa el término, sino una condición de relación comunicativa y de aprendizaje grupal, donde se expresa plenamente un respeto a los criterios diversos, con la propuesta de un desarrollo completo y libre de sus capacidades. Bajo este contexto, y dada la importancia y trascendencia de este aspecto, es necesario establecer un análisis de la interculturalidad, desde el currículo nacional con un enfoque didáctico, contemplando la visión de la normativa educativa, que tiene como componente esencial la interculturalidad.