DSpace logo

Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.utmachala.edu.ec/handle/48000/4059
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorAguilar Granda, María Isabel-
dc.date.accessioned2016-04-13T15:13:24Z-
dc.date.available2016-04-13T15:13:24Z-
dc.date.issued2015-
dc.identifier.citationAguilar Granda, M. I. (2015). Ingreso clandestino de mercancía al territorio aduanero ecuatoriano y la impuesta al comerciante por quebrantamiento a la norma legal (Examen complexivo). UTMACH, Unidad Académica de Ciencias Empresariales, Machala, Ecuador.es_ES
dc.identifier.otherECUACE-2015-CI-CD00012-
dc.identifier.urihttp://repositorio.utmachala.edu.ec/handle/48000/4059-
dc.description.abstractEl problema analizado está basado en información de artículos científicos y su procedimiento enfocado al desarrollo del caso cuando una persona ingresa clandestinamente mercancía valorada en $ 110.590,00 y la fracción aduanera que comete con su procedimiento legal para ser sancionado, el mismo que se fundamenta en las disposiciones legales contenidas en el Código Orgánico Integral Penal COIP y en el Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones COPCI. El delito aduanero consiste en el tráfico o falsedad internacional de mercancía que causa perjuicio a la recolección de tributos arancelarios lo cual perjudica al desarrollo del país. Siendo el contrabando un delito que consiste en el ingreso ilícito de mercancías, bien sean en fronteras o en diferentes partes del país, la ardua labor que tienen los vigilantes aduaneros es estar pendiente de este tipo de situación para así mediante conocimiento de la ley hacer cumplir el pago de los tributos. Para conocer la sanción impuesta a este tipo de delito, nos remitimos al Código Orgánico de la Producción comercio e Inversiones COPCI, capítulo II referente a Delitos Aduaneros y el Art. 177, literal a) se refiere al contrabando expresando que es el ingreso o extracción de mercadería en el territorio aduanero; además consta que la sanción es de 2 a 5 años de prisión y multa de hasta tres veces el valor de aduana que se trató de evadir. Cabe recalcar que constantemente existirán intenciones de evitar la cancelación del pago de tributos, sin medir el daño que se le causa al país, sin embargo una de las mejores opciones para los entes encargados de aplicar los controles aduaneros, es que deben de perfeccionar las tácticas para implementar la cultura tributaria en la población.es_ES
dc.format.extent16 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherMachala : Universidad Técnica de Machalaes_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectCOMERCIO INTERNACIONALes_ES
dc.subjectPOLÍTICA ARANCELARIAes_ES
dc.subjectEXPORTACIÓN/IMPORTACIÓNes_ES
dc.subjectDELITOS ADUANEROSes_ES
dc.titleIngreso clandestino de mercancía al territorio aduanero ecuatoriano y la impuesta al comerciante por quebrantamiento a la norma legales_ES
dc.typeExamen Complexivoes_ES
Aparece en las colecciones: Examen Complexivo Comercio Internacional

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
ECUACE-2015-CI-CD00012.pdf966,36 kBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons