DSpace logo

Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.utmachala.edu.ec/handle/48000/17167
Título : La prisión preventiva en los procesos penales por delitos contra la administración pública dentro del marco del garantísmo jurídico
Autor : Landazuri Cortez, Johnny Fabricio
Tejada Monar, Nathaly Lisseth
Director(es): Campoverde Nivicela, Luis Johao
Palabras clave : PROCESO PENAL;MEDIDA CAUTELAR;PRISION;RECLUSION
Fecha de publicación : 2021
Editorial : Machala : Universidad Técnica de Machala
Citación : Landazuri Cortez, J.F., Tejada T.Monar, N.L. (2021) La prisión preventiva en los procesos penales por delitos contra la administración pública dentro del marco del garantísmo jurídico (trabajo de titulación). UTMACH, Facultad De ciencias Sociales, Machala, Ecuador. 53 p.
Descripción : La libertad entendida como derecho fundamental ha sido tema de discusión que lleva a un conflicto dos áreas de las ciencias jurídicas, el derecho penal de tradicional discusión y el derecho constitucional cuya discusión ha tomado importante impulso estos últimos años. Carnelutti en su momento había destacado el valor del derecho penal por proteger la libertad frente a otras áreas como el derecho civil que protegen la propiedad por ejemplo. Constitucionalmente hablando, la libertad es un derecho fundamental de apreciación histórica, el pilar para la construcción positiva del resto de derechos fundamentales; es por eso que tanto la Carta Suprema como los diferentes tratados internacionales de derechos humanos han considerado varias garantías judiciales para los procesados, al punto de que en muchas ocasiones las críticas han afirmado que estas normas tienden a proteger excesivamente al reo sobre la víctima. Lo que sucede en realidad es que existiendo una apreciación máxime de la libertad, es indispensable que el estado se esfuerce por determinar si efectivamente el procesado amerita una privación tanto durante el proceso, como al momento de resolver su situación jurídica, lo que llevo a que en la Constitución de la República se ratifique esta apreciación, estableciendo que la privación de la libertad será excepcional. La presente investigación ha discutido la idea de que en la práctica la categoría de excepcional de la privación de la libertad, es realmente reconocida durante las audiencias de control de flagrancia. Para comprender la realidad actual, es imprescindible conocer nuestra historia. Objetivamente hablando, el Derecho es el resultado de la evolución misma del hombre, ciencias como la filosofía, la antropología y la historia son herramientas que despliegan en nuestras manos un abanico de posibilidades para adentrarnos en las raíces de éste. El ser humano, complejo por naturaleza y con instintos tanto de vida como de muerte, fue generando estructuras de socialización y ordenación, ya que, vivir independientemente es prácticamente imposible, por lo que se requiere de los demás para sobrevivir; sin embargo, esa socialización también trae consigo diferencias y problemas de toda índole, algunas de ellas, llegando a convertirse en problemas serios como el homicidio, el robo, las violaciones sexuales, e incluso delitos que hoy flagelan a la sociedad en sus raíces más profundas como lo es el secuestro. Por medio del Derecho, se tutelan y salvaguardan todos esos bienes, valorando por encima del interés particular, el interés general, y es así como se crea la norma y en particular, hablando de la comisión de delitos, nace, surge el Derecho Penal. En la antigüedad, derivado de la falta de un órgano administrativo y judicial, es decir, de instituciones como las que hoy se conocen, y dedicadas tanto a la administración como procuración de justicia, ésta se buscaba por conducto de la autotutela, es decir, de solucionar sus problemas cada cual de la manera y en la medida que considerara conveniente. Las penas fueron incrementándose hasta llegar a convertirse en venganza, con el daño tanto de la integridad física como de la moral del ser humano al cual se le aplicaba. Así, esta venganza fue convirtiéndose en desmedida y desproporcionada. En la medida en que los Estados van surgiendo como resultado de la organización social y política del hombre, las penas van cambiando, se van transformando, se adecuan a la realidad, es así como históricamente se habla de la Ley de las XII Tablas del Imperio Romano, del Código de Hammurabi, y tantos otros ordenamientos que hasta la Edad Media constituyeron la forma de controlar los instintos negativos del hombre, con el fin de tratar de mantener la paz social.
Resumen : Freedom understood as a fundamental right has been the subject of discussion that leads to a conflict in two areas of legal science, the traditionally discussed criminal law and constitutional law, the discussion of which has gained significant momentum in recent years. Carnelutti at the time had highlighted the value of criminal law to protect freedom compared to other areas such as civil law that protect property for example. Constitutionally speaking, freedom is a fundamental right of historical appreciation, the pillar for the positive construction of the rest of fundamental rights; That is why both the Supreme Charter and the different international human rights treaties have considered various judicial guarantees for the defendants, to the point that on many occasions the critics have affirmed that these norms tend to excessively protect the defendant over the victim. What happens in reality is that there is a maximum appreciation of freedom, it is essential that the state make an effort to determine whether the defendant actually deserves a deprivation both during the process, and at the time of resolving his legal situation, which led to the Constitution of the Republic ratifies this assessment, establishing that the deprivation of liberty will be exceptional. The present investigation has discussed the idea that in practice the category of exceptional deprivation of liberty is really recognized during the flagrante delicto control hearings. To understand the current reality, it is essential to know our history. Objectively speaking, Law is the result of the evolution of man, sciences such as philosophy, anthropology and history are tools that unfold in our hands a range of possibilities to delve into its roots. The human being, complex by nature and with instincts for both life and death, was generating structures of socialization and organization, since living independently is practically impossible, so it requires others to survive; However, this socialization also brings with it differences and problems of all kinds, some of them, becoming serious problems such as homicide, robbery, rape, and even crimes that today scourge society at its deepest roots. as is kidnapping. By means of the Law, all those assets are protected and safeguarded, valuing the general interest above the particular interest, and this is how the norm is created and in particular, speaking of the commission of crimes, Criminal Law is born. In ancient times, derived from the lack of an administrative and judicial body, that is, of institutions such as those that are known today, and dedicated both to the administration and prosecution of justice, this was sought through self-supervision, that is, to solve their problems each one in the way and in the measure that he considers convenient. The penalties were increasing until they became revenge, with damage to both the physical and moral integrity of the human being to whom it was applied. Thus, this revenge was becoming excessive and disproportionate. To the extent that the States emerge as a result of the social and political organization of man, the penalties are changing, they are transformed, they adapt to reality, this is how historically the Law of the XII Tables of the Empire is spoken of. Romano, the Code of Hammurabi, and so many other ordinances that until the Middle Ages constituted the way to control the negative instincts of man, in order to try to maintain social peace.
URI : http://repositorio.utmachala.edu.ec/handle/48000/17167
Aparece en las colecciones: Trabajo de Titulación Jurisprudencia

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
T-8758_LANDAZURI CORTEZ JOHNNY FABRICIO.pdf2,49 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons