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Título : La defensa ténica y la influencia en la voluntad del procesado a la hora de someterse a procedimiento abreviado
Autor : Carrión Wong, Vanessa Elizabeth
Director(es): Suqui Romero, Gabriel Yovany
Palabras clave : DEFENSA TECNICA;PROCESO PENAL;VOLUNTAD;PROCEDIMIENTO
Fecha de publicación : 2018
Citación : Carrion Wong, Vanessa Elizabeth. (2018) La defensa técnica y la influencia en la voluntad del procesado a la hora de someterse a procedimiento abreviado (trabajo de titulación). UTMACH, Unidad Académica de Ciencias Sociales, Machala, Ecuador. 52 p.
Descripción : My main objective in the following case study is to give a good application of technical defense to the accused at the time of submitting to abbreviated procedure, bearing in mind that technical defense is the lawyer's performance and his duty to defend, advise and advise a Correct advice to the person who requires their services. The Constitution of the Republic of Ecuador in its Article 76 number 7, tells us: "The right of persons to defense shall include the following guarantees: a) No one may be deprived of the right to defense at any stage or degree of the procedure. b) Count on the time and with the adequate means to prepare your defense. c) Be heard at the right time and under the same conditions. d) The procedures will be public except for the exceptions provided by law. The parties may access all the documents and proceedings of the procedure. e) No one may be questioned, even for investigative purposes, by the Attorney General's Office, by a police authority or any other, without the presence of a private attorney or a public defender, or outside the premises authorized for the purpose. effect. f) To be assisted free of charge by a translator or interpreter, if she does not understand or does not speak the language in which the procedure is carried out. g) In judicial proceedings, to be assisted by a lawyer or lawyer of their choice or by a public defender or defender; You can not restrict access or free and private communication with your defender or defender. h) Present, verbally or in writing, the reasons or arguments that are believed to be assisted and replicate the arguments of the other parties; present evidence and contradict those that are presented against you. i) No one may be tried more than once for the same cause and matter
Resumen : Mi objetivo principal en el siguiente estudio de caso es el de dar una buena aplicación de defensa técnica al procesado al momento de someterse a procedimiento abreviado, teniendo en cuenta que defensa técnica es el desempeño del abogado y su deber de defender, asesorar y aconsejar un correcto asesoramiento a la persona que requiere de sus servicios. La Constitución de la República del Ecuador en su Artículo 76 numeral 7, nos dice: “El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías: a) Nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento. b) Contar con el tiempo y con los medios adecuados para la preparación de su defensa. c) Ser escuchado en el momento oportuno y en igual de condiciones. d) Los procedimientos serán públicos salvo las excepciones previstas por la ley. Las partes podrán acceder a todos los documentos y actuaciones del procedimiento. e) Nadie podrá ser interrogado, ni aun con fines de investigación, por la Fiscalía General del Estado, por una autoridad policial o por cualquier otra, sin la presencia de un abogado particular o un defensor público, ni fuera de los recintos autorizados para el efecto. f) Ser asistido gratuitamente por una traductora o traductor o intérprete, si no comprende o no habla el idioma en el que se sustancia el procedimiento. g) En procedimientos judiciales, ser asistido por una abogada o abogado de su elección o por defensora o defensor público; no podrá restringirse el acceso ni la comunicación libre y privada con su defensora o defensor. h) Presentar de forma verbal o escrita las razones o argumentos de los que se crea asistida y replicar los argumentos de las otras partes; presentar pruebas y contradecir las que se presenten en su contra. i) Nadie podrá ser juzgado más de una vez por la misma causa y materia.
URI : http://repositorio.utmachala.edu.ec/handle/48000/12454
Aparece en las colecciones: Trabajo de Titulación Jurisprudencia

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