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Título : Vulneracion de la norma constitucional 371 inciso 3, con resolución judicial retención de fondos de cesantía en juicio, sociedad conyugal.
Autor : Murillo Fiallos, Viviana Lisseth
Pedreros Agila, Jenniffer del Cisne
Director(es): Cando Pacheco, Juan de Jesús
Palabras clave : DERECHO;VULNERACION;TRABAJADOR
Fecha de publicación : 2017
Editorial : Machala : Universidad Técnica de Machala
Citación : Murillo Fiallos, V.L., Pedreros P.Agila, J.D.C. (2017) Vulneracion de la norma constitucional 371 inciso 3, con resolución judicial retención de fondos de cesantía en juicio, sociedad conyugal. (trabajo de titulación). UTMACH, Unidad Académica de Ciencias Sociales, Machala, Ecuador.
Descripción : The present work of Titulación has as general objective the study of the case N ° 623-2014; VULNERATION OF CONSTITUTIONAL RULE 371 SUBMISSION 3, JUDICIAL RESOLUTION OF RETENTION OF FUNDS OF CESANTIA IN JUSTICE OF CONJUGAL SOCIETY process that the Specialized Chamber of the Family, Women, Children and Adolescents of the Provincial Court of Justice of El Oro, Theory that is based on the Constitution of the Republic of Ecuador that assists the rights of all people, a trial that was carried out through the inductive and comparative method through the technique of observation; As investigative tools which contributed to the reflection of the Ecuadorian Constitutional norm, laws, doctrine, jurisprudence that provides the guarantees and protection of the rights of people as a result of the violation of these rights and violation of The rights of workers due to the lack of probity of the persons administering justice, thus violating the right of the worker in terms of his social security benefits on his merit to his benefit of law, which is based on respect for the Constitution and The existence of clear, public, and enforced legal rules by the competent authorities, therefore constitute a fundamental right that can not be ignored, since doing so translates into a violation of effective, impartial and expeditious protection; For that reason, they are strictly in compliance with the norms contemplated in the constitution Within the same we will find that the personal rights of the worker are guaranteed not only in lower laws but we find the constitution as the first rule, and specifically in article 371 where we speak in a general way what are the primary rights of the worker where we textually States in paragraph 3 that the benefits can not be subject to attachment, withholding or assignment.
Resumen : El presente Trabajo de Titulación tiene como objetivo general el estudio del caso N° 623-2014;VULNERACION DE NORMA CONSTITUCIONAL 371 INCISO 3, RESOLUCION JUDICIAL DE RETENCION DE FONDOS DE CESANTIA EN JUICIO DE SOCIEDAD CONYUGAL proceso que avoco conocimiento la Sala Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia de El Oro; teoría que se fundamenta en la Constitución de la República del Ecuador que asiste los derechos de todas las personas, juicio que se llevó acabó mediante el método inductivo y comparativo a través de la técnica de observación; como herramientas investigativas las cuales aportaron a la realizar la reflexión de la norma Constitucional ecuatoriana, leyes, doctrina, jurisprudencia que dispone las garantías y a protección de los derechos de las personas como a Constatándose como resultado y conclusión la vulneración de estos derechos y la vulneración de los derechos de trabajadores por la falta de probidad de las personas que administran justicia violentando así el derecho del trabajador en cuanto a sus prestaciones al seguro social sobre su merecimiento a su beneficio de ley, que se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes, por ende constituyen un derecho fundamental que no puede dejar de observarse, ya que de hacerlo se traduce en una vulneración a la tutela efectiva, imparcial y expedita; por ello, son de estricto cumplimiento de las normas contempladas en la constitución. Dentro de la misma encontraremos que los derechos personales del trabajador se encuentran garantizados no solo en leyes inferiores sino que encontramos como primera norma la constitución, y específicamente en el artículo 371 donde nos habla de manera general cuales son los derechos primordiales del trabajador donde textualmente nos manifiesta en el inciso 3 que las prestaciones no podrán serán susceptible de embargo, retención ni cesión.
URI : http://repositorio.utmachala.edu.ec/handle/48000/10663
Aparece en las colecciones: Trabajo de Titulación Jurisprudencia

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